Comentarios jurídicos al proyecto de ley 001 de 2012

2012-09-26 Leer en voz alta

Compartimos los comentarios elaborados por el grupo de abogados del colectivo RedPatodos, con el ánimo de difundir públicamente esta información y de reconocer el esfuerzo de la sociedad civil por participar en este tipo de procesos.

[A la fecha, existe un Informe de Ponencia para primer debate en Cámara al proyecto 001 de 2012. Lo cual significa que estos comentarios se ajustarán teniendo en cuenta dicho informe]

En el primer día de este año legislativo los Representantes Posada, Campo y Naranjo presentaron el proyecto de ley 001 de 2012 sobre excepciones y limitaciones al derecho de autor.

Este proyecto busca balancear algunos de los problemas de la legislación en derecho de autor al proponer incluir en nuestro sistema algunas excepciones y limitaciones, sin embargo una vez más la ausencia de debate con la sociedad civil hace que se proponga un texto con múltiples problemas, por ejemplo:

  • Tratando de enfrentar algunos errores cometidos en la aprobación de la Ley 1520 de2012 (La #LeyLleras2)  regula excepciones a “reproducciones temporales” pero lo hace incluyendo análisis sobre “licitud” y “ánimo de lucro”, que provocaría una contradicción aparente, ya que se entendería que los intermediarios de internet no podrán ser entes con fines de lucro y además deberían filtrar contenido, violando derechos de privacidad y  neutralidad de la red, como mínimo.
  • La excepción para bibliotecas busca legalizar la actividad de préstamo pero limita la excepción a usos que tengan “fines de investigación o actividades estrictamente académicas”, sin considerar que el control sobre el uso del quien toma prestado es imposible y que una de las actividades que también desarrollan las bibliotecas tienen mucho que ver con el entretenimiento y el esparcimiento.
  • El proyecto incluye una excepción para discapacitados que adopta el modelo de “tercero de confianza” propuesto por las editoriales y criticado por la comunidad de ciegos por ir en contra del principio de presunción de buena fe, impone un intermediario que hace más costoso e ineficiente un proceso de inclusión social y además vulnerar derechos como el de libre desarrollo de la personalidad y libre expresión.

Como es habitual, desde el colectivo RedPaTodos, el grupo de abogados y expertos en estos temas ha terminado un documento con los comentarios jurídicos a este proyecto de ley, que compartimos con los interesados y especialmente con los Representantes de la comisión primera que tendrán que vérselas con este proyecto en el primer debate:

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